El Gobierno de España ha aprobado un nuevo Real Decreto que modifica los requisitos para la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos. Esta normativa busca garantizar la estabilidad del mercado interior de la Unión Europea ante crisis como la pandemia del COVID-19, asegurando la libre circulación de mercancías y la disponibilidad de bienes esenciales. El decreto establece procedimientos de emergencia para introducir rápidamente equipos radioeléctricos en el mercado durante situaciones críticas, permitiendo a los fabricantes acelerar el suministro sin completar los procesos habituales de evaluación de conformidad.
El Gobierno aprueba un nuevo Real Decreto sobre equipos radioeléctricos
El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto que modifica el anterior decreto 188/2016, que regula los requisitos para la comercialización y uso de equipos radioeléctricos. Esta nueva normativa busca asegurar que situaciones de crisis, como la provocada por la pandemia del COVID-19, no interrumpan el funcionamiento normal del mercado interior de la Unión Europea.
La modificación establece medidas para garantizar la libre circulación de mercancías, servicios y personas, así como la disponibilidad de bienes y servicios esenciales para los ciudadanos. Este cambio normativo se enmarca dentro de la transposición a la legislación española de la Directiva (UE) 2024/2749 y el Reglamento (UE) 2024/2747, aprobados en 2024.
El nuevo Real Decreto introduce procedimientos de emergencia para facilitar la introducción en el mercado de equipos radioeléctricos durante situaciones críticas. Estos procedimientos se activarán si se declara una emergencia en el mercado interior y si los equipos son considerados necesarios para afrontar dicha crisis.
Además, se priorizará la evaluación de conformidad de estos equipos por parte de los organismos competentes, así como las actividades de vigilancia del mercado y cooperación entre Estados miembros de la UE.
En caso de perturbaciones significativas en el mercado interior, la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales podrá autorizar excepcionalmente la introducción al mercado de equipos radioeléctricos que no hayan pasado por los procesos habituales de evaluación. Sin embargo, estos productos no podrán exhibir el marcado CE.
Con esta medida, se pretende facilitar a los fabricantes la rápida entrada al mercado de sus productos antes de completar todos los trámites necesarios. Esto permitirá una respuesta más ágil ante situaciones que requieran un aumento inmediato en el suministro de equipos esenciales.
El Real Decreto contribuye a garantizar que una crisis, como la producida por la pandemia del COVID, no altere el funcionamiento normal del mercado interior de la Unión Europea y asegura la disponibilidad de bienes y servicios de importancia crítica para los ciudadanos.
Se modifica el procedimiento para la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos, así como la regulación del procedimiento para la evaluación de la conformidad, vigilancia del mercado y régimen sancionador de los equipos de telecomunicación.
El nuevo Real Decreto establece procedimientos de emergencia para introducir en el mercado equipos radioeléctricos designados como pertinentes durante una crisis, priorizando su evaluación y vigilancia del mercado.
La Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales podrá autorizar temporalmente la introducción en el mercado de equipos que no han pasado por los procedimientos habituales de evaluación de conformidad, lo que significa que estos productos no llevarán el marcado CE.
Facilita a los fabricantes introducir rápidamente en el mercado equipos antes de finalizar los procedimientos de evaluación, lo que permite un aumento rápido del suministro necesario durante situaciones críticas.