Tras analizar todas las aportaciones recibidas por el Ministerio -entre ellas del Gobierno canario y de ecologistas, así como otras instituciones del Estado-, considera que "no es previsible que el proyecto Parque eólico marino experimental Mar de Canarias de 10 MW (Gran Canaria) vaya a producir impactos adversos significativos", pues cumple "los requisitos ambientales que se desprenden de la presente Resolución".
Esta resolución "pone fin a la vía administrativa" pero se puede interponer recurso de reposición ante la propia Secretaría de Estado en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su notificación.