La Audiencia a favor de la ultraactividad

La Audiencia a favor de la ultraactividad

jueves 16 de octubre de 2014, 19:14h

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La Audiencia Nacional considera que las condiciones laborales de los trabajadores plasmadas en convenios colectivos firmados antes de la aprobación de la reforma laboral tienen vigencia más allá del año estipulado por la Reforma Laboral.

En una sentencia, la primera en la que la sala de lo social de este tribunal se pronuncia sobre la ultraactividad (prórroga automática de un convenio en ausencia de uno nuevo) de los convenios, los magistrados han estimado la demanda interpuesta por el sindicato Sepla-Air Nostrum contra la compañía, para declarar la vigencia del acuerdo hasta la aprobación de uno nuevo.

Para la Audiencia Nacional, el periodo de un año introducido con la reforma laboral -la Ley 3/2012 de medidas urgentes de reforma del mercado laboral-, no puede aplicarse sin más de forma inflexible, sino que habría que estudiar la voluntad de ambas partes a la hora de aplicar la ultraactividad, es decir, la vigencia de sus condiciones más allá del periodo para el que fueron pactadas.

En la nueva normativa se establecía que en el caso de que se hubiera firmado un acuerdo antes de la reforma laboral, se tenía un plazo único de un año para firmar un nuevo convenio colectivo, perdiéndose los derechos del mismo si durante ese año no se lograba el acuerdo. 

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