Le gana 10 pleitos al Ayuntamiento de Madrid

Le gana 10 pleitos al Ayuntamiento de Madrid

jueves 16 de octubre de 2014, 19:14h

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Una ciudadana madrileña, Ascensión Vargas Mendieta, gana una importante batalla legal al Ayuntamiento de Madrid al poner en evidencia su deficiente e ilegal en ocasiones, maquinaria de gestionar multas de aparcamiento.

Y es que un total de 3 jueces distintos le han dado la razón a esta mujer en los diez pleitos que ha interpuesto contra la Corporación por imponerle otras tantas multas derivadas de infracciones del O.R.A.

La primera consecuencia es que el Ayuntamiento madrileño es obligado a devolver a la protagonista de la historia, abogada de profesión, los 3.000 euros que le cobró de forma ilegal, más las costas del procedimiento, que ascienden a unos 800 euros.

El caso se inicia en diciembre de 2007. Entre ese mes y marzo de 2008, la abogada deja varias veces su coche los fines de semana a una familiar y a un amigo italiano. Los agentes del O.R.A. multan en 10 ocasiones al vehículo durante ese periodo por no poner los correspondientes tickets.

El Ayuntamiento de Madrid comienza a notificar de manera reiterada a Ascensión las multas, y ella le comunica a su vez a la Corporación el nombre y apellidos del infractor, el ciudadano italiano amigo de su familiar, junto con su número de licencia de conducir, y domicilio en Caserta (Italia).

Pero los servicios municipales insisten entonces a la mujer solicitando el permiso de conducir de la persona identificada, además de pruebas de que se encontrase en Madrid cuando se produjeron los hechos. Ascensión les planteó alegaciones argumentando que el artículo 72.3 de la Ley de Seguridad Vial, vigente en el momento de los hechos, le exigía una identificación "veraz" del conductor, lo que, en su opinión legal, no incluye lo que pedía el Ayuntamiento.

Sin intentar comunicar con la persona identificada con los datos de su nombre y domicilio, aportados por la dueña del coche, el Ayuntamiento archivo entonces el expediente por la multa de aparcamiento, y abrió otro por falta muy grave a Ascensión por la no identificación del infractor. En total, una multa de 301 euros, que fue multiplicada por los diez casos hasta ascender a 3.010 euros, que le reclamaban a Ascensión.

Sin embargo, la mujer considera que ha sido víctima de un atropello y, asesorada por otra letrada, Trinidad López, inicia una cadena de recursos -primero en vía administrativa y luego judicial- lo que ha culminado con la condena al Ayuntamiento por infringir la Ley de Seguridad Vial.

Tres jueces de lo Contencioso-Administrativo distintos -uno de ellos ha visto 7 de los pleitos de forma acumulada- han dado siempre la razón a Ascensión. Una de las sentencias señala que el Ayuntamiento debió "dirigirse contra el conductor responsable de la infracción", ya que, tal y como sostenía esta abogada, la ley no exige a la dueña del coche "aportar copia del permiso de circulación del conductor, ni prueba justificativa de que se encontraba en España el día de la comisión de la infracción".

Otra resolución resume estas dos claras infracciones del ordenamiento jurídico en que ha incurrido el Ayuntamiento de esta forma: Primero, "razonar que el propietario del vehículo tiene que cumplir algún tipo de deber que no venga clara y expresamente consignado en el precepto legal que lo regula (...), porque ello implica una interpretación extensiva del tipo sancionador, prohibida en este ámbito del derecho". Y segunda: "Presumir que los datos aportados por el propietario son insuficientes para identificar al conductor sin realizar siquiera alguna mínima diligencia de comprobación de la veracidad de tales datos", de modo que el Ayuntamiento no puede afirmar que no se ha cumplido el deber de identificación, porque no lo sabe.

A Ascensión Vargas, ya le han devuelto el importe de 3 de las multas, y le han llamado estos días para abonarle las 7 restantes (la última sentencia es del 13 de marzo de este año) pero señala que el proceso "ha sido psicológicamente muy duro y un desgaste emocional muy fuerte", al incluir una veintena de visitas a los departamentos municipales de tráfico y la redacción de decenas de folios de alegaciones y recursos. "Es un ciudadano contra una maquinaria todopoderosa como la Administración", describe.

Ascensión está segura de que el resto de ciudadanos de a pie que no tienen relación con el mundo del derecho no pueden recurrir ante los tribunales por atropellos similares, máxime cuando desde noviembre les exigen una tasa que puede llegar a igualar el importe de la multa impuesta, aparte del coste del abogado y del procurador, que ella se ahorraba parcialmente al ser ella misma su representante.

Recuerda con especial indignación cuando, en uno de estos juicios de la maraña judicial que se convirtieron estas multas, la abogada del Ayuntamiento la reprochó haber querido engañarles. "No, aquí el que engaña y choricea es el Ayuntamiento, los ciudadanos decimos la verdad", contestó Ascensión cuando le llegó el turno.

Si no llega a ganar los pleitos, esta abogada no duda en que hubiese acudido hasta el Tribunal Constitucional, un órgano que ya ha dictado hasta la fecha tres sentencias distintas condenando al Ayuntamiento de Madrid por vulnerar el derecho a la legalidad sancionadora (artículo 25 de la Constitución) de otros 3 particulares, a los que multó por no identificar a conductores extranjeros en casos similares al de Ascensión. 

Y es que parece que esta Administración Local, una de las más poderosas de España, no está muy bien asesorada en cuanto a jurisprudencia se refiere.

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